Cancelar documentos timbrados y sin timbrar

La cancelación de facturas o documentos de carácter fiscal requiere de un proceso específico que cumpla con las condiciones estipuladas por la autoridad tributaria, para que sea posible dar por cancelado dicho documento.

Este proceso tiene que cubrir los criterios específicos y definidos por el SAT, consulta la información correspondiente en el Portal del SAT.

Algunos criterios básicos que se consideran son:

  • Tiempo de emisión.
  • Monto determinado.
  • Con o sin aceptación de parte del cliente.
  • El cliente puede autorizar o negarse a cancelar.

 

Actualización: 

El pasado 1 de enero entró en vigor un cambio del SAT a la cancelación de CFDI: ahora es necesario especificar el motivo al enviar la solicitud de cancelación. 

La ventana de Proscai para cancelación de documentos se comunica con el SAT y valida todos los criterios estipulados para proceder, o no, a la cancelación, actualmente ya presenta los cuatro motivos definidos por el SAT (el cuarto motivo no está habilitado). 

Requisitos

  • Se requiere la versión de SEP 4.21 o superior.
  • Versión actual de Proscai.

 

Podemos hablar de dos tipos de documentos:

a) Cuando el documento a cancelar se encuentra timbrado.

b) Cuando el documento a cancelar no tiene timbre o no es de estatus CFDI, y se cancela únicamente en Proscai.

IMPORTANTE: No hay modo de pruebas, todo se realiza en productivo ya que va directo al SAT.

 

a) Documentos previamente timbrados

1. Ubicado en el documento a cancelar (1), haz clic en el botón Baja.

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Desplegará la ventana Cancelación de Documento donde se observa el número, los datos del documento y su estatus en Proscai.

2. Para cancelar el documento timbrado, deberás:

  • Elegir el motivo de la cancelación de los cuatro definidos por el SAT (2). Si eliges el primero es necesario capturar el número de la factura que sustituye a la que se está cancelando (Proscai obtiene el UUID de la factura capturada). 
  • Activar la casilla Enviar solicitud de cancelación al SAT (3).
  • Una vez que cambie al estatus de cancelable, podrás activar la casilla Cancelar en Proscai (4).

mceclip2.png

Recuerda:

  • Antes de cancelar en Proscai siempre se debe cancelar ante el SAT.
  • Si el documento se encuentra timbrado, deberás utilizar la forma anteriormente descrita.

Se recomienda leer el documento de preguntas frecuentas que publicó el SAT.

 

b) Documentos sin estatus CFDI o sin timbrar

Cuando el documento a cancelar no es de carácter fiscal (remisiones o traspasos) o no se encuentra timbrado, se cancela directamente en Proscai, como se explica a continuación.

1. Ubicado en el documento a cancelar (1), haz clic en el botón de Baja.

mceclip3.png

Observa que al no ser un documento con estatus CFDI (2), Proscai te indica que se puede cancelar en Proscai. (3).

2. Activa la casilla de Acción Cancelar en Proscai (4), y guarda el registro.

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Si el documento (1) a cancelar aún no ha sido timbrado (2/3), puedes cancelar directamente en Proscai (4).

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Consulta con tu contador la mejor acción a tomar para tu empresa.

 

 

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